El Tribunal de Justicia de la Unión Europea concluyó ayer que el organismo comunitario tiene postetad para obligar a los Estados Miembros a establecer sanciones penales a los buques que contaminen el mar con el vertido de material tóxico o la emisión de ciertos gases.
La sentencia implica el reconocimiento por parte de los jueces europeos de la capacidad penal comunitaria cuando se trata de «combatir graves atentados contra el medio ambiente», según el fallo del Tribunal.
Los magistrados señalaron que la Unión podrá «imponer a los Estados miembros la obligación de establecer sanciones» siempre que su aplicación»constituya una medida indispensable» para combatir esos casos de contaminación al mar.
Esta sentencia anula así una decisión del Consejo que sólo reconocía a los países y no a la UE competencias para sancionar en ese ámbito. No obstante, el Tribunal defiende que son los Estados los que han de fijar «el tipo y el grado de las sanciones que deben aplicarse en función de los daños que dichas infracciones hayan causado a la calidad de las aguas, las especies animales o vegetales, o las personas».
La Comisión Europea interpuso este recurso ante el Tribunal al ver que sus competencias habían sido violadas por los Estados, una intromisión que confirmó la Corte Europea.
La Unión Europea podrá obligar a los Estados miembros a sancionar por contaminación marítima
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