Los beneficiarios deben tener 58 o más años o tener reconocida una incapacidad permanente absoluta.
El Ministerio de Fomento, a través de la Dirección General de Transporte Terrestre, ha otorgado durante este año 60, 5 millones de euros en ayudas para facilitar la retirada de la actividad de empresarios autónomos del transporte por carretera.
Las subvenciones concedidas oscilan entre los 77.000 y los 30.000 euros.
El listado de beneficiarios de estas ayudas aparece publicado en el Boletín Oficial del Estado del pasado lunes. En concreto, en 2010 se han beneficiado de estas ayudas 1.188 transportistas autónomos. De estas pequeñas empresas de transporte, 14 son empresas de transporte de viajeros, con un total de 18 vehículos, y 1.174 están dedicadas al transporte de mercancías, con un total de 1.347 vehículos.
Fomento está destinando durante la actual Legislatura una media anual de 60 millones de euros, cantidad acordada con el Comité Nacional de Transporte por Carretera y ratificada por el Gobierno en junio de 2008, lo que supondrán unos 240 millones de euros entre 2009 y 2012 para ayudar a cesar en la actividad a cerca de 5.000 empresarios autónomos del transporte.
De las ayudas otorgadas este año, 24, 79 millones de euros corresponden al abono de los semestres que les faltan a los beneficiarios para cumplir los 65 años; y unos 35, 64 millones de euros por la retirada de la autorización de transporte.
Fomento impulsa esta política modernizadora y de incremento de la seguridad en el Sector del transporte por carretera en el marco del PEIT, mediante el desarrollo y aplicación de diversos instrumentos, entre ellos el Plan Estratégico para el Transporte de Mercancías por Carretera (Petra) y el Plan de Líneas de Actuación del Sector Transporte Público de Viajeros por Carretera (Plata).
Requisitos
Para ser beneficiario de estas ayudas, los transportistas autónomos deben cumplir los siguientes requisitos:
– Tener una edad superior o igual a 58 años o haberle sido declarada una incapacidad permanente absoluta o total para el desempeño de la profesión habitual de transportista.
– Ser titular de una autorización de transporte público de mercancías o de viajeros en autobús con un máximo de tres copias.
– Haber sido titular, de forma ininterrumpida durante los 10 últimos años, de una de las autorizaciones mencionadas.
Fomento destina 60 millones en ayudas para abandono de actividad
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