Antes del 1 de julio de 2016, todas las partes implicadas en el transporte de contenedores deben comenzar a prepararse para los nuevos requisitos de verificación de peso de los contenedores, aprobados a finales de diciembre por la IMO.
A finales de 2014, la Organización Marítima Internacional, IMO, aprobó las enmiendas del Convenio SOLAS para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, entre las que destaca el requisito de verificar el peso de cada contenedor lleno que se exporte como condición previa para cargarlo a bordo de un buque.
Este requisito será jurídicamente vinculante a partir del 1 de julio de 2016, por lo que todas las partes implicadas en el transporte internacional de contenedores marítimos, incluyendo transportistas, transitarios, cargadores, paqueteros y navieras, tendrán que tomar medidas para garantizar el cumplimiento de este nuevo requisito en esta fecha.
Estos cambios, correspondientes al capítulo VI del documento, requieren la verificación obligatoria de la masa bruta del contenedor, ya sea por el peso del recipiente lleno, o con un peso de todos los paquetes y artículos de carga, utilizando un método de certificación aprobado por la autoridad competente del Estado en que se completó la estiba de la carga del contenedor.
Cabe recordar que a lo largo del 2013, varias asociaciones españolas habían denunciado los constantes problemas de sobrepeso registrados con los contenedores en las terminales de los puertos, especialmente en el de Valencia. Dicha situación acarreaba posteriormente una serie de problemas para los transportistas por carretera, en lo referente a la tasa máxima legal que en ocasiones no tenían más remedio que sobrepasar.
Por otro lado, el de los puertos, estas prácticas presentaban también una serie de problemas en lo que se refiere a manipulación y estiba, provocando con ello mayores congestiones en el tráfico portuario. Además del peligro para la seguridad del transportista que ocasiona en mayor o menor medida un exceso de peso.
Fuente: Cadena de suministro