Las empresas transitarias y agencias de aduanas, cuando actúen como representante aduanero en su modalidad de representación directa, a partir del próximo 1 de mayo, podrán seguir utilizando, sin modificación alguna, los avales que tienen presentados ante las distintas Aduanas para el fraccionamiento de pago de la deuda aduanera/tributaria, hasta que la Asesoría Jurídica del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales emita el correspondiente informe que les permita concretar y adoptar finalmente el procedimiento a establecer con la normativa del CAU.
Así lo confirmó en la tarde de ayer la subdirectora general de Gestión Aduanera, Marisa González, ante los representantes de la Federación de Transitarios, FETEIA-OLTRA y Consejo General de Agentes de Aduanas.
Fuentes de la federación de transitarios reconocen que “la Administración nos ha aconsejado que nuestras empresas no soliciten la autorización para utilizar la garantía global con importe reducido o gozar de la dispensa de garantía establecida en el artículo 95.2 CAU”, hasta que la Aduana tenga decidido el procedimiento a seguir con la constitución del referido aval, modalidad de representación directa. En caso contrario, advierten estas fuentes de FETEIA-OLTRA y Consejo General de Agentes de Aduanas, “la Aduana se acogerá al plazo fijado en el nuevo Código de los 30 días para la admisión de la solicitud y 3 meses para resolver”
Fuente: veintepies.com