Para hacer transporte con el Reino Unido, las empresas deberán cambiar el procedimiento actual: hasta ahora, no era necesario pedir ninguna autorización, al estar dentro del Espacio Europeo. Sin embargo, la posible salida del Reino Unido de la Unión Europea, prevista para el próximo 29 de marzo, obligará a hacer más papeleo, como pedir autorizaciones del contingente multilateral CEMT.
Los permisos del contingente multilateral de la CEMT (Conferencia Europea de Ministros de Transportes) son autorizaciones multilaterales de transporte internacional de mercancías por carretera que habilitan a su titular a hacer transporte desde o hacia el territorio de cualquiera de los Estados miembros de dicha conferencia de transporte, o en tránsito a través de ellos.
Desde 2017, y siguiendo lo establecido en el artículo 16/1987 de 30 de julio (LOTT), en combinación con la Ley 39/2016 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los titulares de autorizaciones de transporte público de cualquier caso deben llevar a cabo, por vía electrónica, cualquier comunicación con la Administración.
En cuanto a las autorizaciones bilaterales temporales con Marruecos y las autorizaciones CEMT, ya que se trata de contingentes limitados, no siempre es posible llevar a cabo el otorgamiento de todas las autorizaciones solicitadas.
Respecto a lo que pueda pasar con el Reino Unido, las empresas de transporte internacional que trabajan con ese país han comenzado a solicitar sus autorizaciones de transporte, por si fuera necesario estar registrado para entrar en territorio británico.
Este año, con carácter previo y preceptivo a la tramitación telemática, el Ministerio de Fomento ha señalado que se deberá comunicar el número de autorizaciones que se vayan a solicitar a través del correo electrónico talonarios@fomento.es. Una vez analizadas, se notificará, a través de dicho buzón, el número de autorizaciones finalmente concedidas. A partir de ese momento, se podrá hacer el trámite electrónico, a través de la sede electrónica del Ministerio de Fomento y abonando la tasa correspondiente en esta dirección: https://sede.fomento.gob.es/gestint/inicio/IniciarGestint
Fuente: www.transporteprofesional.es