Faltan autorizaciones bilaterales para poder dar servicio de transporte con Gran Bretaña tras el ‘Brexit’

Faltan autorizaciones bilaterales para poder dar servicio de transporte con Gran Bretaña tras el ‘Brexit’

Independientemente de las posibles demoras que pudieran producirse como consecuencia de los trámites aduaneros tras el Brexit, la falta de acuerdo evidencia que no hay suficientes vehículos autorizados en toda la UE para el tráfico de mercancías bilateral con Gran Bretaña.

Con tantas idas y venidas, la fecha de salida del Reino Unido de la Unión Europea se acerca sin que se haya alcanzado un acuerdo que permita contar con un sistema definido para el tránsito de mercancías a ambos lados del Canal de La Mancha con fluidez.

En este sentido, la Comisión Mixta para la Unión Europea del Parlamento Español ha aprobado este martes 26 de febrero un informe de examen sobre el proyecto de Reglamento promovido por la Comisión Europea para regular el futuro tránsito de mercancías por carretera entre la UE y Gran Bretaña, para el que ya se ha alcanzado un acuerdo esta misma semana del Parlamento Europeo y la presidencia rumana del Consejo de la UE, para que esté en vigor hasta el próximo 31 de diciembre, sin perjuicio de futuras negociaciones con el Reino Unido.

En este análisis se afirma que las actuales autorizaciones multilaterales de transporte para acceder a terceros países serían absolutamente insuficientes “para garantizar la conectividad del transporte de mercancías”, teniendo en cuenta que solo solo 23.252 vehículos en toda la Unión Europea cuentan, como refiere Fenadismer, con estas autorizaciones, con lo que no podrían atender “los volúmenes de servicios de transporte de mercancías, aproximadamente 50 millones de toneladas anuales” entre la UE y el Reino Unido.

Así pues, la Comisión Mixta apoya que la UE adopte medidas de contingencia temporales y de duración limitada destinadas a mitigar los efectos de una potencial perturbación en la conectividad, siempre que existan “derechos equivalentes concedidos por el Reino Unido a los transportistas de la UE”.

Con esta reglamentación europea se pretende garantizar que los transportistas de la UE puedan competir en condiciones de equidad e igualdad de oportunidades a partir del momento que el Reino Unido se desvincule del derecho de la UE, obligando a dicho país a que siga aplicando normas estrictas y comparables en el ámbito del transporte de mercancías, sobre todo en lo referente a competencia leal, protección de los trabajadores, seguridad vial, protección del medio ambiente, concesión de licencias y formación de los conductores.

Fuente: http://www.cadenadesuministro.es

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