La Comisión Europea ha rechazado de plano el planteamiento del Ministerio de Fomento español, que había ordenado a los agentes de tráfico que exigieran la factura del hotel a los conductores cuyos vehículos se encontraran estacionados con el objetivo de acreditar que no hubieran realizado el descanso semanal normal de más de 45 horas en la cabina del vehículo.
Así, el acta de una reunión celebrada la semana pasada en la que estuvieron presentes representantes de los ministerios de Transporte y autoridades de control de 21 estados miembro a la que ha tenido acceso Fenadismer recoge que “los funcionarios de control no deberán exigir documentos adicionales, no previstos en la legislación de la UE pertinente (como las facturas de hotel) para demostrar el cumplimiento de la obligación de descanso semanal”.
Según queda registrado en la citada acta, la exigencia de la factura del hotel “excede de la documentación de registro que obligatoriamente debe llevar un conductor a bordo del vehículo para presentar a requerimiento de un controlador autorizado”, según establece la normativa europea vigente, explican desde Fenadismer.
Con el objetivo de clarificar cuáles serán los criterios de control de los descansos, desde la federación de transportistas desvelan que “la Comisión Europea estaría preparando una nota orientativa”, que será de aplicación en todos los estados miembro, de modo que los agentes puedan verificar el cumplimiento de la prohibición del descanso a bordo de los camiones, así como de las disposiciones del Reglamento europeo 561/2006 sobre los tiempos de conducción y descanso.
Fuente: http://www.todotransporte.com