La obtención de la autorización ofrece una mayor seguridad jurídica en todo el territorio aduanero de la Unión y en los intercambios comerciales con aquellos Estados que hayan suscrito con la UE un acuerdo de reconocimiento mutuo de sus Operadores.
Les puedo asegurar que no se trata de una pregunta retórica. Hoy, y dada la política errática del Gobierno, no. No la tiene.
El estatus de Operador Económico Autorizado, OEA, para las empresas relacionadas con el comercio exterior tiene una especial trascendencia, desde el punto de vista de la seguridad en la cadena logística, al ser considerado un “operador de confianza” para la Unión en las intervenciones aduaneras, disfrutando de ciertas ventajas en el territorio europeo y en los países con reconocimiento mutuo internacional, destacando entre otras, la agilización de los despachos y evitar la repetición de procesos similares con criterios equivalentes en diferentes países.
El Código Aduanero de la Unión, CAU, establece un conjunto de exigencias y requisitos muy estrictos que los Operadores deben cumplir para obtener la condición de OEA: historial satisfactorio de cumplimiento de los requisitos aduaneros, sistema adecuado de gestión empresarial, solvencia financiera acreditada, capacitación profesional y medios e infraestructura de seguridad, además de contar con unos transparentes y eficaces sistemas de vigilancia de cumplimiento de los referidos criterios, ante las reevaluaciones periódicas y la estrecha supervisión por parte de las Aduanas.
Los operadores deben cumplir un conjunto de exigencias y requisitos para obtener la condición de OEA
Cierto es que la obtención de la autorización de OEA ofrece una mayor seguridad jurídica en todo el territorio aduanero de la Unión y en los intercambios comerciales con aquellos Estados que hayan suscrito con la UE un acuerdo de reconocimiento mutuo de sus Operadores. El impulso de esta figura de operadores fiables para las autoridades a nivel mundial es una realidad sin retorno con determinadas ventajas en los intercambios comerciales de las empresas relacionadas con el comercio exterior, que lamentablemente no han sido incorporadas por las Autoridades aduaneras españolas, toda vez que la percepción que existe entre los Transitarios OEA no es nada satisfactoria.
Los beneficios empresariales y operativos en cuanto a la reducción de controles físicos y documentales en las aduanas, la notificación previa de los mismos, y la inspección de las mercancías de forma prioritaria para las empresas autorizadas, entre otras medidas, tienen un largo recorrido de mejora para ser implementadas por parte del Departamento de Aduanas e II.EE, estando los transitarios expectantes y con gran incertidumbre y recelo al respecto.
Una aportación de valor complementaria a las bondades que deberían recibir las empresas OEAs por parte la Administración, y de forma generalizada para todos los procedimientos aduaneros, sería involucrar las Inspecciones Especiales de las Aduanas que no pertenecen orgánicamente a la Agencia Tributaria en los procesos que se determinan expresamente en el CAU,.
Se establece así un marco y compromiso firme de colaboración entre todos los organismos que realizan controles a las mercancías en frontera, facilitando con ello la actividad y competitividad de nuestras empresas como se pretende con el Plan Estratégico de Internacionalización de la Economía Española 2017-2027.
La Ventanilla Única Aduanera eliminaría los importantes retrasos en la entrega y disposición de las mercancías de importación
Es decir, la puesta en marcha de la Ventanilla Única Aduanera que viene demandando nuestra Federación desde hace años a la Administración, para eliminar los importantes retrasos en la entrega y disposición de las mercancías de importación, además de los costes que genera la duplicidad de controles en las aduanas al no haberse logrado que las inspecciones se efectúen en el mismo momento y lugar, lo que permitiría a los transitarios y representantes aduaneros el envío de la información relativa a las importaciones una sola vez, en lugar de cuatro o cinco y en formatos distintos.
Por todo ello, sería muy deseable y conveniente para los Operadores Económicos Autorizados españoles contar a corto plazo con unas ventajas reales y directas, para evitar el agravio comparativo existente con otros Operadores de la UE y lograr un óptimo nivel de nuestra economía y comercio exterior, así comoincrementar el número de empresas interesadas en obtener la autorización OEA, toda vez que seguimos estando a la cola de los siete grandes países de nuestro entorno, por la ausencia de beneficios empresariales efectivos para tener la consideración de OEA.
Enric Ticó
Presidente de Feteia-Oltra
Fuente: www.cadenadesuministro.es