La modificación del Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT) quiere resolver el problema que han denunciado los transportistas, al verse obligados a consultar todas las sedes electrónicas de notificación de las comunidades autónomas y diputaciones provinciales, en busca de posibles sanciones de transporte. Sin embargo, pese a la entrada en vigor de la nueva obligación, algunas administraciones territoriales siguen teniendo sus propios buzones electrónicos.
Tras la entrada en vigor de la nueva Ley de Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas, que introduce, como novedad, la administración electrónica desde 2017, tanto el Ministerio de Fomento como las comunidades autónomas han llevado a cabo la tramitación de los requerimientos de inspección y los expedientes sancionadores por vía electrónica, eliminando el procedimiento de notificación por carta postal certificada que se utilizaba antes de la entrada en vigor de la nueva ley.
Esta novedad ha traido cierta indefensión e inseguridad jurídica para los transportistas, por la propia actividad del transporte. Además, al poder enviar notificaciones (en forma de sanción) tanto el Ministerio de Fomento como las consejerías de Transporte de las comunidades autónomas (en algunos casos, hasta las diputaciones provinciales forales y los cabildos insulares), estas administraciones también han tenido potestad para hacer sus propias notificaciones para comunicar las posibles infracciones detectadas en carretera, obligando a los transportistas a tener que recorrer multitud de sedes electrónicas para poder consultar el contenido de los expedientes sancionadores que les pudieran afectar.
La falta de respuesta a un requerimiento de inspección es sancionado como infracción muy grave, con multa de hasta 4.001 euros
Conscientes de esta situación, el Ministerio de Fomento ha introducido una nueva regulación en materia de notificación electrónica, aprovechando la entrada en vigor del Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT). En virtud de la nueva regulación establecida, todas las administraciones territoriales con competencias en materia de transporte por carretera «deberán utilizar los programas y aplicaciones informáticas diseñadas por la Oficina Central del Registro de Empresas y Actividades de Transporte«, en lo relativo a la gestión de autorizaciones de transporte y a la instrucción y resolución de procedimientos sancionadores.
Sin embargo, algunas administraciones territoriales aún siguen utilizando sus sedes electrónicas para la notificación de los expedientes sancionadores, lo que supondría una vulneración del Real Decreto sobre el nuevo ROTT recientemente aprobado.
Fuente: www.transporteprofesional.es