Sanciones de hasta 3.000. El país galo impone un nuevo precio a pagar, a partir de ahora, a todas las empresas relacionadas con el transporte de mercancías que obliguen a sus conductores a realizar los descansos semanales y diarios en sus vehículos ligeros.
Aprobado recientemente, el nuevo decreto aprobado por el Gobierno Francés refuerza lo ya establecido en el artículo L. 33313-4 del código de transporte, destinado a reforzar la protección social de sus trabajadores. En este queda establecido que son las empresas o empleadores los encargados de proporcionar un alojamiento a los transportistas de vehículos con un peso máximo de 3.5 toneladas.
Ahora, el endurecimiento del artículo supone la actualización del listado de sanciones al que puede enfrentarse cualquier empleador que no facilite este servicio a sus empleados cuando no puedan regresar a la base operativa al final de su jornada.
Así, Francia también ha aprobado el decreto Decreto nº 2020-1088 por el que se establecen diversas disposiciones relativas a la profesión de transportista por carretera y se modifica el código de circulación. Mediante un decreto publicado el 24 de agosto, se establecieron dos nuevas infracciones con relación al descanso semanal.
Multa de 450 euros: se castigará con una sanción de esta cuantía los casos en los que se exceda en menos de doce horas lo obligación de tomar un descanso semanal, tras seis periodos consecutivos de 24 horas del anterior periodo de descanso.
Multa de 1.500 euros: por exceder en doce horas o más la obligación.
Fuente: https://logistica.cdecomunicacion.e