El precio del gas natural vehicular se dispara un 300% en lo que va de año.
La preocupante subida del precio del gas natural en el mercado europeo por el cierre del gasoducto ruso ha provocado un brutal encarecimiento del gas natural vehicular para llegar hasta los tres 3 euros/kg, «estando previsto además que continúe incrementándose en las próximas semanas» avanzan desde Fenadismer.
Desde esta organización de transportistas denuncian al mismo tiempo que las empresas transportistas con esta flota de vehículos se ven imposibilitadas de repercutir dichas subidas a sus clientes por la falta de cumplimiento por el Gobierno de la publicación de un índice de referencia según se recogió en el Decreto-Ley de medidas de apoyo al transporte aprobado el pasado mes de marzo.
Estos precios suponen una subida de casi el 300% respecto de los que había a principios de año, que se situaban a poco más de 1 euro/kg, teniendo en cuenta además que a principios del pasado año 2021 el precio en surtidor se situaba en torno a los 0´80 euros y que el gas natural para vehículos se había situado tradicionalmente entre un 20 y un 30% más barato que el diesel, para lo que compensaba el mayor coste de adquisición de este tipo de vehículos.
Esta situación afecta a los más de 32.000 vehículos existentes en toda España propulsados por gas natural, de los que más de 10.000 son vehículos de transporte pesado, representando en la actualidad un porcentaje superior al 4% de la flota española de camiones de más de 16 toneladas.
Por ello, Fenadismer va a exigir que con carácter urgente el Ministerio de Transportes desarrolle la previsión legal prevista en la Disposición Transitoria Primera del Decreto-Ley 3/2022 de medidas para la sostenibilidad del transporte por carretera, que fue aprobado el pasado mes de Marzo, y que señala que la revisión legal obligatoria de los precios del transporte por carretera en función de la variación del precio del combustible en los contratos de transporte continuado, “en el caso de contratos de transporte que utilicen vehículos propulsados por combustibles distintos del gasóleo, se llevará a cabo desde el momento en el que entren en vigor para estos supuestos los criterios o fórmulas de la Administración aplicables para su cálculo”.
Fuente: https://www.rutadeltransporte.com/